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PROCESO PROGRAMA EXTRAORDINARIO DE AYUDA A LA CONTRATACIóN DECRETO-LEY 8/

La información sobre las bases que rigen el proceso selectivo,

requisitos de los aspirantes, documentación a presentar y solicitudes, en la Oficina de Gestión de Programas del Ayuntamiento de Padul, del 7 al 31 de Agosto de 2014 en horario de 9:00 a 14:00

ANUNCIO


PROCESO PROGRAMA EXTRAORDINARIO DE AYUDA A LA

CONTRATACIÓN DECRETO-LEY 8/2014 de 10 de junio de 2014



Por medio del presente, el Ayuntamiento de Padul, convoca Proceso

Selectivo para la contratación laboral de personas que cumplan con los

requisitos establecidos en el DECRETO-LEY 8/2014 de 10 de junio de 2014

de medidas extraordinarias y urgentes para la inclusión social a través del

empleo y el fomento de la solidaridad en Andalucía.


Requisitos de las personas destinatarias:


Las personas destinatarias del Programa Extraordinario de Ayuda a la Contratación de Andalucía

deberán estar empadronadas en el municipio donde presenten la solicitud y reunir los siguientes

requisitos:


a) Que en el momento de la presentación de la solicitud para acogerse a la contratación

financiada con cargo a este Programa se encuentren en situación de demandante de empleo

inscrito en el Servicio Andaluz de Empleo y no hayan trabajado más de 90 días durante el año

anterior a la solicitud.


b) Que en el momento de la presentación de la solicitud para acogerse a la contratación

financiada con cargo a este Programa pertenezcan a una unidad familiar donde concurran las

siguientes circunstancias:

1. Que al menos un año antes de la presentación de la solicitud para acogerse a la contratación

financiada con cargo a este Programa todos las personas que componen la unidad familiar hayan

estado empadronadas como residentes en un mismo domicilio ubicado en un municipio de la

Comunidad Autónoma de Andalucía, a excepción de las personas menores nacidas, adoptadas o

acogidas con posterioridad a esa fecha, las víctimas de violencia de genero y las personas

andaluzas retornadas.

2. Que el importe máximo de los ingresos netos del conjunto de las personas que forman la

unidad familiar sea:

- Inferior al Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPRE M), para unidades familiares de

una sola persona.

- Inferior a 1,3 veces el IPRE M para unidades familiares de dos personas.

- Inferior a 1,5 veces el IPRE M para unidades familiares de tres personas.

- Inferior a 1,7 veces el IPRE M para unidades familiares de cuatro o más personas.

A tal efecto, se computarán los ingresos de cualquier naturaleza que cada miembro de la unidad

familiar haya percibido durante los seis meses anteriores a la fecha de presentación de la solicitud

para acogerse a la contratación financiada con cargo a este Programa.


c) Que la persona solicitante forme parte de una unidad familiar en situación de exclusión social o

en riesgo de estarlo, acreditada mediante informe realizado por la persona trabajadora social de

los Servicios Sociales Comunitarios. El informe social solo se emitirá si la persona solicitante

cumple los requisitos señalados en este artículo.


La información sobre las bases que rigen el proceso selectivo,

requisitos de los aspirantes, documentación a presentar y solicitudes, en la

Oficina de Gestión de Programas del Ayuntamiento de Padul , del 7 al

31 de Agosto de 2014 en horario de 9:00 a 14:00.


Padul a 7 Agosto de 2014


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