CONVOCATORIA
PARA LA ADJUDICACIÓN
DE
LA GESTIÓN DEL SERVICIO:
CAFETERÍA
/ BAR
CENTRO
DE DÍA DE MAYORES DE PADUL.
______________________________________________________
I.-
OBJETO DEL CONTRATO Y FORMA DE ADJUDICACIÓN.
1.1.
Las presente Convocatoria tiene por objeto la contratación de la
Gestión del Servicio de Cafetería / Bar del Centro de Día de
Mayores de Padul ( Granada ).
El
montaje de la Cafetería/Bar es de cuenta del Ayuntamiento de Padul,
siendo aportados e instalados por este todos los elementos necesarios
para su funcionamiento.
II.-
DOCUMENTACIÓN Y PLAZOS.
Podrán
presentar proposiciones las personas naturales o jurídicas,
españolas o extranjeras, que tengan plena capacidad de obrar.
Cada
solicitante no podrá presentar más de una sola solicitud. Tampoco
podrá suscribir ninguna solicitud en agrupación temporal con otros,
si lo ha hecho individualmente, o figurar en más de una unión
temporal. La contravención de este principio dará lugar
automáticamente a la desestimación de todas las solicitudes por el
presentadas.
2.3.
Plazo y lugar de entrega.
La
solicitud se realizará mediante una instancia acompañada de un
proyecto de Gestión del Centro y deberá ser presentada en el
Registro General del Ayuntamiento, dirigida a la Alcaldía del
Ayuntamiento de Padul. En el plazo de diez días, desde el 2 de
Noviembre de 2.012.
III.
CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN Y BAREMO.
EMPADRONAMIENTO:( máximo 4 puntos ).
Por estar empadronado en el municipio de Padul ...................1 punto.
Por estar empadronado en el municipio de Padul más de 3 años ................................................................... 3 puntos.
PROYECTO DE GESTIÓN: (máximo 4 puntos).
CRITERIOS
DE VALORACIÓN.
CONTENIDO DEL PROYECTO:
ACTIVIDADES COMPLEMENTARIAS (Las actividades se podrán llevar a cabo siempre que no interfieran con las que proponga la Concejalía de Bienestar social y la Directiva del Centro).
OFERTA GENERAL DEL SERVICIO
CAPACIDAD PARA GESTIONAR EL CENTRO: ( máximo 4 puntos ).
Formación de trabajo y gestión.
Experiencia.
Disponibilidad de medios.
VALORACIÓN SOCIAL. Se establecerá en base a los siguientes criterios: (máximo 2 puntos ).
Por estar desempleado, por cada mes 0,0275 a contar desde el fin de plazo de la presentación de solicitudes. Se acreditará con certificado expedido por la Oficina del SAE o fe de vida Laboral en su caso. ( hasta un máximo de 0,33 puntos )
Para hijos menores de 16 años o para hijos desempleados de 16 a 25 años inclusive que acrediten certificado de convivencia y certificado del SAE de encontrarse en desempleo y no percibir ayuda económica. (0,11 por cada hijo, hasta un máximo de 0,33 puntos)
Valoración Económica: (máximo 1,34 puntos): Se valorará en función de la renta percápita familiar, entendida como el total de los rendimientos obtenidos por la unidad familiar durante el año anterior al de la convocatoria, dividido por el numero de componentes de esta, hasta un máximo de 1,34 puntos.
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
Se
acreditará mediante la presentación de los siguientes documentos:
Declaración de la Renta.
Fe de vida laboral del/ de la solicitante.
La
Comisión de Valoración podrá contrastar los datos y en caso de no
ser correctos se desechará la solicitud.
Cuando
no se presente alguno de los documentos requeridos se procederá a la
retirada de la solicitud.
Para
la valoración de los ingresos se atenderá la fe de vida laboral de
todos los miembros de la unidad familiar mayores de 16 años,
adjuntándose nominas o cualquier otro documento justificativo de las
cantidades percibidas durante el año 2011. En caso de ningún
ingreso de los miembros de la unidad familiar se exigirá declaración
jurada de este hecho.
A
estos
efectos se considerará unidad familiar a la unidad convivencial
constituida por dos o mas personas relacionadas:
Por vinculo de matrimonio o relación de hecho equivalente.
Por lazos de consanguinidad o afinidad hasta segundo grado.
Por situación derivada de acogimiento familiar legalmente constituido.
En
caso de empate a puntos, el desempate se resolverá por sorteo.
IV.
El
ORGANO DE SELECCIÓN : LA COMISION INFORMATIVA DE FUNCIONAMIENTO,
REGIMEN JURIDICO Y EMPLEO.
4.1.
Examen de las solicitudes.
El Órgano de selección valorará los proyectos presentados en
tiempo y forma. Aplicará el baremo sobre todas las solicitudes y
procederá a ordenarlas según puntuación y condiciones a las que
están sujetas.
Finalmente
se redactará Acta del Órgano de selección por la que se aprueba la
lista de candidatos/as y se elevará a la Alcaldía para la posterior
adjudicación del Servicio objeto de la presente convocatoria.
4.2.
Otra documentación. Antes
de la firma del Contrato, se concederá al/la seleccionado/a un plazo
de 5 días para la presentación de la Certificación administrativa
expedida por el órgano competente, acreditativa de encontrarse al
corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y de la
Seguridad Social.
4.3.
El
Órgano encargado de la contratación del
Servicio de Cafetería / Bar es la Alcaldía del Ayuntamiento de
Padul.
V.
GARANTÍA DEFINITIVA Y OTROS REQUISITOS PREVIOS A LA FORMALIZACIÓN
DEL CONTRATO.
5.1.
Notificada la adjudicación del contrato, el adjudicatario estará
obligado a constituir, en el plazo de 3 meses una garantía
definitiva de 300
Euros,
bien mediante ingreso en la cuenta del Ayuntamiento de Padul del BMN,
bien mediante pago en efectivo en la oficina de Recaudación del
Ayuntamiento. De no cumplir este requisito por causa imputables al
mismo, quedará sin efecto la adjudicación.
5.2.
El adjudicatario del Servicio se obligará a darse de alta en el
Régimen General de la Seguridad Social mientras dure la concesión
del Servicio. El incumplimiento de esta obligación no implicará
responsabilidad alguna para el Ayuntamiento de Padul.
5.3.
También con carácter previo a la formalización del contrato , el
adjudicatario deberá acreditar estar en posesión del nuevo carné
de manipulador de alimentos.
Sin
perjuicio de lo anterior, el adjudicatario quedará obligado al
cumplimiento de las disposiciones vigentes en materia de Legislación
Laboral, Seguridad Social y de Seguridad e Higiene en el Trabajo. El
incumplimiento de estas obligaciones por parte del contratista no
implicará responsabilidad alguna sobre esta administración.
VI.
FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO.
6.1.
La formalización del contrato se efectuará dentro de los 15 días
siguientes a la notificación de la adjudicación.
6.2.
Cuando por causas imputables al adjudicatario, no pudiese
formalizarse el contrato dentro del plazo señalado, se podrá
resolver el mismo, pudiéndose adjudicar al solicitante siguiente con
mayor puntuación.
VII.
EJECUCIÓN DEL CONTRATO.
7.1.
Previo a la iniciación de la presentación del servicio, se
levantará la correspondiente acta de inventario de equipos,
instalaciones, mobiliario y cuantos enseres se ponen a disposición
del adjudicatario, en donde se refleje su estado de funcionalidad,
prestando si así se estimara su conformidad a ello. De no
encontrarse conforme, se recogerá así en el acta, quedando el
ayuntamiento en la obligación de poner las instalaciones y equipos
en estado operativo.
7.2.
De igual manera, en el momento de la resolución/conclusión del
contrato, se procederá a levantar acta, estando obligado el
adjudicatario a dejar en perfectas condiciones de uso, cuantos bienes
fueron puestos a su disposición durante la prestación del servicio.
7.3.
Caso contrario el ayuntamiento procederá a las reparaciones o
reposiciones a quién hubiera lugar con cargo a la garantía, sin
perjuicio de ejercer las acciones de reclamación que por excesos
procedieran.
7.4.
El plazo de duración del contrato será de 2 años a partir de la
firma del mismo, pudiendo ser prorrogado por periodos anuales por
mutuo acuerdo de las partes, hasta un máximo de 4 años.
7.5.
El adjudicatario se compromete a mantener, durante el primer año los
precios del contrato y el resto de años una subida del IPC.
7.6.
Si durante la explotación del servicio, el adjudicatario quiere
introducir otros artículos no mencionados en su oferta inicial, su
inclusión y los precios de los mismos deberán ser previamente
autorizados por el Ayuntamiento.
7.7.
El adjudicatario se obliga a tener en pleno funcionamiento los
servicios de Cafetería/Bar, en el plazo máximo de 15 días desde la
comunicación de la adjudicación.
7.8.
El servicio se prestará en el local del Centro de día de Mayores de
Padul.
7.9.
L a ejecución del contrato se realizará a riesgo y aventura del
adjudicatario y éste no tendrá derecho a indemnización por causas
de averías, pérdidas o perjuicios ocasionados en la explotación
del servicio. Tampoco tendrá derecho a indemnización alguna por
extinción de la concesión al cumplirse el plazo de vigencia de las
misma o de la prórroga.
7.10.
El adjudicatario deberá respetar el horario
previsto,
que comprenderá desde las 9.00 horas (apertura) hasta las 14:00
horas (cierre) por la mañana, y desde las 16:00 horas (apertura)
hasta las 20:00 horas (cierre) por la tarde; todos los días de la
semana, excepto Domingos y días festivos. El horario de verano,(
meses de mayo a septiembre) se ampliará hasta las 21:00 horas. Este
horario podrá ser modificado de común acuerdo entre las partes.
7.11.
El adjudicatario podrá abrir en Festivos y Domingos, si así lo
solicita al Ayuntamiento.
7.12
Será de cuenta del Ayuntamiento de Padul, el pago del agua y la
electricidad necesarios para el funcionamiento del servicio.
VIII.
NORMAS COMPLEMENTARIAS.
8.1.
El adjudicatario se obliga a tener en todo momento, a disposición de
los usuarios hojas de reclamaciones que serán facilitadas por el
Ayuntamiento. El adjudicatario remitirá al Ayuntamiento, en el mismo
día o en el siguiente hábil, el ejemplar de reclamaciones con su
informe, si lo considera oportuno.
En
lugar visible de la Cafetería / Bar se pondrá un anuncio
advirtiendo de la existencia de estas hojas, que serán facilitadas
por el adjudicatario a cualquier usuario que desease formular una
reclamación.
8.2.
El adjudicatario podrá ofertar un menú diario para los usuarios del
Centro de Día a un precio económico previo acuerdo con el
Ayuntamiento, siempre que sea demandado por los mayores o a
iniciativa del adjudicatario.
8.3.
Los aparatos e instalaciones de la Cafetería y cocina deberán ser
objeto de especial cuidado y limpieza.
8.4.
El Ayuntamiento se reserva la facultad de inspeccionar el estado de
conservación de los mencionados aparatos o instalaciones.
8.5.
La falta de conservación adecuada se considerará causa suficiente,
para la resolución de contrato.
8.6.
El adjudicatario está obligado a mantener, a su cargo, el edificio e
instalaciones en perfectas condiciones de limpieza e higiene. Estará
obligado al estricto cumplimiento de la normativa laboral y de
Seguridad Social, Sanidad, Reglamentaciones técnico sanitarias y de
consumo.
8.7.
Son de cuenta del adjudicatario el pago de los impuestos y arbitrios
de cualquier clase que sean, del Estado, Provincia, o del Municipio,
a que de lugar la explotación del servicio.
IX.
MODIFICACIÓN Y RESOLUCIÓN DEL CONTRATO.
9.1.
El Ayuntamiento podrá modificar por razones de interés público,
las características del servicio contratado, en las condiciones y
supuestos que se señalan en los artículos, 59, 101 y 163 del Texto
Refundido de la Ley de contratos de las Administraciones Públicas.
X.
PRERROGATIVA DE LA ADMINISTRACION Y JURISDICCION
10.1.
Las cuestiones litigiosas surgidas sobre la interpretación,
modificación, resolución y efecto de los contratos administrativos
serán resueltas por el órgano de contratación competente, cuyos
acuerdos pondrán fin a la vía administrativa, y contra los mismos
habrá lugar recurso contencioso administrativo, conforme al previsto
por la Ley reguladora de dicha jurisdicción, sin perjuicio de lo que
los interesados puedan interponer recurso potestativo de reposición,
previsto en los artículos 116 y 117 de la Ley 30 / 1999 de Régimen
Jurídico de las Administraciones Públicas y de procedimiento
administrativo común.
Relación de servicios y productos ofertados en 2012, así como la oferta presentada por el ayuntamiento de Padul u otra cualquiera que reduzca los precios contemplados.
Nº |
PRODUCTO |
PRECIO |
CAFÉ SOLO |
0,80 EUROS | |
CAFE CON LECHE |
0,80 EUROS | |
DESCAFEINADO CON LECHE |
0,80 EUROS | |
INFUSIONES |
0,70 EUROS | |
INFUSIONES CON ANIS |
0,70 EUROS | |
CARAJILLO |
1,00 EUROS | |
ZUMOS, REFRESCOS, TÓNICA, AGUA CON GAS |
1,00 EUROS | |
CERVEZA 1/3 LITRO |
1,00 EUROS | |
CERVEZA SIN ALCOHOL |
1,00 EUROS | |
VINO MOSTO-COSTA ¾ LITRO |
2,00 EUROS | |
VASO DE VINO |
0,70 EUROS | |
VASO DE VINO SIN ALCOHOL |
0,70 EUROS | |
COPA |
1,00 EUROS | |
CUBALIBRE (J&B – VALLANTINES) |
2,30 EUROS | |
CUBALIBRE (DYC-OTROS) |
2,00 EUROS | |
VASO DE MOSTO |
0,70 EUROS |
En
Padul a 31 de Octubre de 2012